Dar positivo en un control de alcoholemia no siempre se queda en una multa y pérdida de puntos. En España, determinadas tasas de alcohol convierten la conducta en un delito contra la seguridad vial y pueden llevar al conductor ante un juez. El Código Penal establece que conducir con una tasa superior a 0,60 mg/l en aire espirado o 1,2 g/l en sangre puede castigarse con prisión de tres a seis meses. Seguir leyendo....
Dar positivo en un control de alcoholemia no siempre se queda en una multa y pérdida de puntos. En España, determinadas tasas de alcohol convierten la conducta en un delito contra la seguridad vial y pueden llevar al conductor ante un juez. El Código Penal establece que conducir con una tasa superior a 0,60 mg/l en aire espirado o 1,2 g/l en sangre puede castigarse con prisión de tres a seis meses.
La diferencia es importante. Para la mayoría de conductores, el límite administrativo se sitúa en 0,25 mg/l en aire espirado o 0,5 g/l en sangre. Entre más de 0,25 y hasta 0,50 mg/l, la sanción es de 500 euros y cuatro puntos, mientras que superar los 0,50 mg/l supone 1.000 euros y seis puntos. A partir de los 0,60 mg/l entra en juego la vía penal.
Dar positivo no siempre acaba en prisiónSuperar la tasa penal no implica necesariamente acabar entrando en una cárcel. El Código Penal contempla tres posibles castigos para este delito:
En cualquiera de los casos se añade la privación del derecho a conducir durante entre uno y cuatro años.
Además, no es necesario alcanzar esa tasa concreta para que exista un delito si se demuestra que el conductor circulaba bajo la influencia del alcohol. Es decir, la conducción afectada por el consumo también puede tener consecuencias penales aunque la cifra del alcoholímetro no supere automáticamente los 0,60 mg/l. La DGT recuerda que los agentes pueden poner a disposición judicial a conductores por superar esa tasa o por conducir bajo los efectos de las drogas.
Negarse a soplar también puede acabar en prisiónRechazar la prueba de alcoholemia tampoco permite evitar las consecuencias. Negarse a someterse a las pruebas legalmente establecidas constituye otro delito, castigado con prisión de seis meses a un año y la privación del derecho a conducir durante uno a cuatro años.
La vigilancia, además, continúa siendo una prioridad para Tráfico. En julio de 2026, la DGT recordó que el alcohol estuvo presente en el 28% de los siniestros mortales registrados en 2024. La última campaña de vigilancia publicada por el organismo también señala que en 2025 fueron condenados 47.103 conductores por delitos relacionados con el alcohol y las drogas, lo que muestra hasta qué punto un positivo puede pasar de una sanción administrativa a los tribunales.