No todos los trabajadores pueden pedir la homologación
El reconocimiento del tramo en la administración de origen es un requisito fundamental
Los funcionarios andaluces pueden cobrar el 100% de la carrera profesional un año antes de lo previsto
El nuevo modelo de carrera horizontal de la Junta está en una fase inicial y surgen casuísticas y dudas sobre distintos ámbitos de su aplicación. Los sindicatos contabilizan decenas de llamadas por parte de los funcionarios con cuestiones sobre la puesta en marcha del encuadramiento inicial y la homologación de los tramos.
El Decreto 91/2026, de 12 de mayo, puso en marcha la carrera horizontal de la Administración General de la Junta de Andalucía. La norma permite a los empleados públicos, entre otras cuestiones, promocionar profesionalmente sin necesidad de cambiar de puesto. El punto de partida de cada trabajador considera los años trabajados, para lo que se estableció un proceso de encuadramiento inicial en el que se determinaba el tramo del que cada uno partía.
Sin embargo, hay una gran variedad de casos y las dudas afloran ahora. En concreto, los funcionarios están planteando cuestiones sobre qué ocurre cuando una persona se incorpora o reingresa en la Administración General de la Junta procedente de otra administración pública.
Una comisión de homologaciónEl decreto prevé que, cuando llegue a la Junta personal procedente de otras administraciones con un sistema de evaluación ya reconocido, haya un órgano que pueda comparar ambos sistemas y decidir si procede su homologación. Para ello se creó la Comisión Central de Homologación, que también se constituyó en mayo y que establece el funcionamiento para dicha traducción.
La comisión no decide quién tiene derecho a la carrera horizontal en la Junta, sino que determina cómo se puede trasladar a la Junta una carrera profesional que ya estaba reconocida en otra administración. Así, no se trata de un procedimiento automático o puramente documental, sino que existe una valoración individual.
¿Qué pasa con los años trabajados fuera?La nueva carrera horizontal de la Junta puso en marcha un procedimiento extraordinario de encuadramiento inicial, pero se trata de procedimientos distintos. Para ese encuadramiento, la Junta tomó como referencia los servicios prestados en puestos de la Administración General de la Junta de Andalucía, inscritos en el Registro General de Personal a 31 de diciembre de 2025.
Por eso, una persona que trabajó varios años en la Administración estatal y otro período en la Junta no puede sumar esos años como si todos fueran de la Junta.
Sin embargo, si una persona trabajó en otra administración y se le reconoció formalmente un tramo de carrera profesional con efectos económicos, cuando se incorpora a la Administración General de la Junta sí aparece el supuesto específico de la Comisión Central de Homologación. Ese tramo concedido anteriormente no necesariamente se pierde, pero tampoco se incorpora automáticamente. Cualquier trabajador en esta circunstancia debe solicitar la homologación y la comisión tiene que decidirla.
El decreto establece que la homologación puede reconocer total o parcialmente los efectos profesionales y económicos del sistema de origen. Además, el efecto económico de la homologación nunca puede superar la cuantía correspondiente al tramo equivalente de la carrera horizontal de la Junta. Así, puede haber casos en los que se mantenga el nivel de la carrera de origen, pero no hay garantía de que así sea, pues los criterios de la Junta de Andalucía pueden ser distintos.
Diferencia de casosSiendo esta la norma, pueden darse situaciones muy diferentes. Si un trabajador ha estado diez años en otra administración, pero no tenía la carrera profesional reconocida, en principio, no puede participar en el proceso de homologación.
Por el contrario, si ha trabajado en otra administración y tiene un grado de carrera profesional formalmente reconocido y consolidado, sí puede solicitarlo, pero no tiene por qué hacerse una traducción simétrica del tramo. En este caso, "homologar" no quiere decir que la Junta reconozca automáticamente el nivel que le ha sido concedido en otra administración como el tramo idéntico en Andalucía. La comisión tiene que comparar dos sistemas distintos.
El decreto establece tres criterios fundamentales. Por un lado, la equivalencia sustancial entre los niveles o tramos de ambas carreras. Por otro, la analogía funcional entre los sistemas de evaluación del desempeño. Por último, que el reconocimiento en origen sea formal, consolidado y acreditado, y tenga efectos administrativos o económicos.
Necesidad de consolidación previaTal y como indica el Sindicato Andaluz de Funcionarios, SAF, si se han prestado servicios en otras administraciones públicas en las que no se ha iniciado esta carrera horizontal o profesional, o no habiendo consolidado tramo, nivel o concepto equivalente, no se estaría dentro del ámbito de la orden.
Es decir, no basta con haber trabajado allí, tener antigüedad, haber cobrado determinados complementos o incluso haber iniciado otros procesos de evaluación. Tiene que existir un reconocimiento formal y acreditado de un grado equivalente.
Así, el funcionario que requiera la homologación debe aportar la resolución o certificación de reconocimiento de carrera horizontal, carrera profesional o figura equivalente en la administración de origen como documento imprescindible para el reconocimiento por homologación.
EN COLABORACIÓN CON VERISURE ESPAÑA
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