La Comisión Disciplinaria de la FIFA ha emitido este lunes, horas antes del partido de octavos de final del Mundial de 2026 entre Estados Unidos y Bélgica, un comunicado explicando el motivo reglamentario por el que el organismo ha decidido suspender la sanción al futbolista estadounidense Folarin Balogun, expulsado en el partido anterior frente a Bosnia y Herzegovina.
La Comisión Disciplinaria de la FIFA ha emitido este lunes, horas antes del partido de octavos de final del Mundial de 2026 entre Estados Unidos y Bélgica, un comunicado explicando el motivo reglamentario por el que el organismo ha decidido suspender la sanción al futbolista estadounidense Folarin Balogun, expulsado en el partido anterior frente a Bosnia y Herzegovina.
Según explica la FIFA, el organismo actuó conforme a los fundamentos jurídicos al suspender la ejecución de la sanción durante un año y mantener una multa de 40.000 dólares a Balogun, que podrá jugar de forma inesperada los partidos de octavos de final.
El delantero Norteamericano fue expulsado el pasado 1 de julio tras una revisión del VAR por una entrada de juego brusco y grave. Una vez finalizado el encuentro, además, regresó al terreno de juego para celebrar la clasificación con sus compañeros, pese a haber sido expulsado.
En el escrito, la FIFA explica que un día después, abrió un procedimiento disciplinario contra el jugador por una posible vulneración del artículo 66 de su Código Disciplinario, relativo a las expulsiones, y del artículo 14, referente a la conducta indebida de los jugadores durante las celebraciones.
La polémica se generó en las últimas horas cuando, después de una llamada de Donald Trump a Gianni Infantino, se suspendiera la sanción deportiva que se le impuso de un partido, en una decisión insólita.
Según argumenta la FIFA, la decisión se adoptó en aplicación del artículo 27 del Código Disciplinario, que permite suspender la ejecución de cualquier medida disciplinaria (salvo en casos de manipulación de partidos) cuando así lo estime oportuno la Comisión Disciplinaria.
"Además de la suspensión de partido cuya ejecución quedó suspendida, la Comisión Disciplinaria de la FIFA impuso una multa de USD 40.000, asignando la mitad del importe a la infracción del artículo 14 del Código Disciplinario de la FIFA y la otra mitad a la infracción del artículo 66 del mismo código. La Federación de Fútbol de Estados Unidos fue declarada responsable solidaria del pago de la multa de conformidad con el artículo 6.5 del Código Disciplinario de la FIFA", dice el escrito.
Debido a ello, la sanción deportiva a Balogun queda suspendida durante un periodo de prueba de un año, por lo que el atacante queda habilitado para disputar el encuentro frente a Bélgica y no deberá cumplir ahora la suspensión.
"En caso de que se produzca una nueva infracción de esas características, la suspensión de un partido se ejecutará además de cualquier nueva sanción que se imponga por la conducta posterior", dice el comunicado.
Ante las críticas recibidas, el organismo insiste en que "la Comisión Disciplinaria de la FIFA (al igual que cualquier otro órgano judicial de la FIFA) es independiente, tal como lo establecen los Estatutos de la FIFA y el Código Disciplinario de la FIFA. Los presidentes, vicepresidentes y demás miembros de los órganos judiciales de la FIFA cumplen los criterios de independencia definidos en el Reglamento de Gobernanza de la FIFA para garantizar su imparcialidad".
"En segundo lugar, la Comisión Disciplinaria de la FIFA no revocó la expulsión decretada por el árbitro en el terreno de juego contra el Sr. Balogun; por el contrario, confirmó la suspensión de un partido derivada de la tarjeta roja que recibió el 1 de julio de 2026. La Comisión Disciplinaria de la FIFA únicamente se pronunció sobre las sanciones disciplinarias adicionales que debían imponerse como consecuencia de dicha tarjeta roja", agrega.
La FIFA también recuerda que el artículo 66.4 del Código Disciplinario establece que "una expulsión conlleva automáticamente la suspensión para el siguiente partido", mientras que el artículo 10.5 del reglamento del Mundial contempla la posibilidad de imponer sanciones adicionales: "Si un jugador o un miembro del cuerpo técnico es expulsado como consecuencia de una tarjeta roja directa o indirecta (segunda amonestación), quedará automáticamente suspendido para el siguiente partido de su selección. Además, podrán imponerse sanciones adicionales".
Aun así, sostiene que ninguna norma impide aplicar el artículo 27 para suspender provisionalmente la ejecución de esa sanción: "De conformidad con el artículo 27 del Código Disciplinario de la FIFA, la Comisión Disciplinaria de la FIFA decidió suspender por un período de prueba de un (1) año la ejecución de la suspensión automática de un partido impuesta en virtud del artículo 66.4 del Código Disciplinario de la FIFA y del artículo 10.5 del Reglamento de la Copa Mundial de la FIFA 26. Dicha suspensión de la ejecución se decidió teniendo en cuenta todas las circunstancias específicas del incidente y las pruebas disponibles".
Por último, la organización señala que este tipo de decisiones "no constituye un precedente inédito, ya que decisiones similares se han adoptado anteriormente durante las eliminatorias" del Mundial.
Además, defiende que revisar las consecuencias disciplinarias de las tarjetas rojas es una práctica habitual en el fútbol moderno y recuerda que, a diferencia de lo que sucede en algunos campeonatos nacionales, en este caso la tarjeta roja nunca fue revocada, sino que únicamente se suspendieron temporalmente los efectos de la sanción deportiva.
"El ejercicio de dicha facultad es plenamente compatible con los principios generales que rigen la determinación de la sanción disciplinaria aplicable conforme al artículo 25 del Código Disciplinario de la FIFA. Revisar las consecuencias jurídicas de las tarjetas rojas en el fútbol no es algo nuevo en el fútbol moderno. Por ejemplo, en la mayoría de las ligas de máxima categoría pertenecientes a asociaciones miembro afiliadas a la UEFA, la revocación de tarjetas rojas es una medida disciplinaria habitual, y ello nunca ha suscitado preocupación por haber cruzado alguna «línea roja». Además, conviene reiterar que, en la decisión objeto de análisis, la tarjeta roja no fue revocada. Suspender los efectos de una tarjeta roja con base en una disposición expresa de la normativa aplicable constituye una medida mucho más equilibrada", se justifica el máximo organismo del fútbol mundial.
Fuente: Sport