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La Justicia europea rechaza los recursos de Apple para esquivar la Ley de Mercados Digitales

Дата публикации: 08-07-2026 15:30:27

El Tribunal General de la UE desestima las alegaciones de la compañía contra su etiqueta de guardián de acceso para la App Store y iOS, aunque deja en el aire iMessage.
Apple responde con dureza: acusa a Bruselas de poner en riesgo la privacidad de

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Apple ha perdido su pulso judicial contra Bruselas. El Tribunal General de la Unión Europea, con sede en Luxemburgo, ha desestimado este miércoles los tres recursos que la compañía de Cupertino había presentado contra la Comisión Europea por su designación como guardián de acceso (gatekeeper, en el original inglés) bajo la Ley de Mercados Digitales, más conocida por sus siglas en inglés, DMA.

La sentencia confirma que tanto la App Store como el sistema operativo iOS deben seguir sometidos a las obligaciones de competencia leal que impone esta norma europea, considerada la pieza legislativa más ambiciosa de Bruselas para poner coto al poder de los grandes gigantes tecnológicos.

La decisión, sin embargo, tiene un matiz: en lo que respecta a iMessage, el servicio de mensajería instantánea de Apple, el Tribunal no entra a valorar si debe considerarse sujeto a la ley. Simplemente declara que Apple no tenía, de momento, motivos legales para recurrir. Es una diferencia que puede parecer un tecnicismo, pero que tiene consecuencias prácticas.

Qué es ser guardián de acceso y por qué le importa tanto a Apple

La DMA, en vigor desde 2022, creó una categoría de empresa a medida de los gigantes de Silicon Valley: el guardián de acceso. Se trata de compañías tan grandes y con tanta influencia en el mercado digital que actúan como intermediarios casi obligatorios entre las empresas que quieren llegar a sus clientes y los propios usuarios finales.

Por ejemplo, cualquier desarrollador que quiera que su aplicación llegue a los millones de usuarios de iPhone en Europa: si Apple no lo permite en su App Store, esa aplicación, sencillamente, no existe para esos usuarios.

Ser designado guardián de acceso conlleva obligaciones muy concretas: desde permitir la instalación de tiendas de aplicaciones alternativas hasta facilitar que los usuarios cambien de navegador o de motor de búsqueda por defecto sin trabas, pasando por restricciones sobre cómo se puede combinar la publicidad con los datos personales de los usuarios.

El 5 de septiembre de 2023, la Comisión Europea designó a Apple guardián de acceso en tres frentes: la App Store, el sistema operativo iOS y el navegador Safari. Apple no se quedó de brazos cruzados y llevó el asunto a los tribunales por tres vías distintas, que el Tribunal General ha resuelto ahora de forma conjunta.

Cinco tiendas, un solo servicio: el argumento que no coló

Uno de los pilares de la defensa de Apple era de naturaleza casi arquitectónica.

La compañía gestiona en realidad cinco tiendas de aplicaciones distintas, según el dispositivo: iOS App Store para el iPhone, iPadOS App Store para el iPad, watchOS App Store para el Apple Watch, macOS App Store para los ordenadores Mac y tvOS App Store para el Apple TV.

Apple defendía que cada una debía considerarse un servicio independiente y, de hecho, solo la tienda del iPhone alcanzaba por sí sola los umbrales de usuarios que exige la DMA para activar la designación.

El Tribunal ha rechazado este argumento de plano.

Los jueces consideran que, más allá del aparato en el que se ejecuten, las cinco tiendas persiguen el mismo fin: poner en contacto a los desarrolladores con los usuarios finales para que estos puedan descargar aplicaciones.

Las diferencias que invocaba Apple, señala la sentencia, tienen que ver con las características de cada dispositivo, no con la función que cumple cada tienda.

En la práctica, eso significa que la Comisión puede seguir tratando el ecosistema completo de la App Store como una sola pieza a efectos regulatorios, sin que Apple pueda trocearlo dispositivo a dispositivo para esquivar los umbrales.

Apple también había intentado impugnar directamente, por la vía de la llamada "excepción de ilegalidad", el artículo de la DMA que regula las obligaciones de interoperabilidad de iOS, alegando que vulneraba su derecho de propiedad y el principio de proporcionalidad recogidos en la Carta de los Derechos Fundamentales de la UE.

El Tribunal ni siquiera ha entrado a valorar el fondo de este argumento: ha declarado que Apple no podía plantearlo por esta vía, al no existir un vínculo jurídico directo entre esa disposición y la decisión de designación que la compañía recurría.

El caso de iMessage

El tercer frente es el que probablemente más dará que hablar en los despachos de Cupertino. La Comisión había calificado a iMessage como un "servicio de comunicación interpersonal independiente de la numeración" (conocido por las siglas NIICS en la jerga regulatoria europea), una categoría que, si se confirma como servicio básico de plataforma, obligaría a Apple a hacer interoperable su mensajería con aplicaciones de terceros, algo parecido a lo que ya ocurre entre operadoras de telefonía con los SMS.

Sin embargo, Bruselas abrió después una investigación de mercado específica sobre iMessage y, en febrero de 2024, concluyó que Apple no debía ser designada guardián de acceso para este servicio en concreto: no alcanzaba los umbrales de uso necesarios.

Apple, aun ganando esa batalla concreta, quiso ir un paso más allá y pedir a la Justicia que anulara también la propia etiqueta de "NIICS" que planeaba sobre iMessage, temiendo que esa calificación pudiera resucitar en el futuro.

Aquí es donde el Tribunal General ha aplicado un matiz procesal interesante: declara inadmisibles estos recursos, no porque le dé la razón a la Comisión sobre si iMessage es o no un NIICS, sino porque considera que esa calificación, por sí sola, no produce ningún efecto jurídico obligatorio mientras iMessage no figure formalmente en una decisión que lo designe puerta de acceso importante.

Dicho de otro modo: mientras esa etiqueta no venga acompañada de obligaciones concretas, no hay nada que anular, por más que a Apple le incomode verse mencionada en esos términos.

La comparación con Meta ilustra bien por qué a Apple le preocupa tanto este flanco, en apariencia menor.

El mismo día en que designó a Apple, la Comisión también calificó como NIICS a WhatsApp y Messenger, los dos grandes servicios de mensajería de Meta, y en ese caso sí llegó hasta el final: ambos fueron designados formalmente guardianes de acceso, con obligación de interoperabilidad en vigor desde marzo de 2024 para WhatsApp y desde septiembre de ese mismo año para Messenger.

Meta ya ha tenido que publicar las llamadas "ofertas de referencia" con los detalles técnicos para que apps rivales puedan conectarse a sus servicios de mensajería.

iMessage se libró de correr la misma suerte, según la propia Comisión, por una razón cuantitativa: su número de usuarios en Europa quedaba muy por debajo del de WhatsApp y Messenger, lo que le impedía actuar como una puerta de entrada imprescindible para los desarrolladores.

Pero la etiqueta de NIICS, aunque sin consecuencias inmediatas, sigue ahí, y la propia DMA obliga a revisar periódicamente estas calificaciones.

La sentencia de este miércoles deja claro que nada de lo decidido hasta ahora está grabado en piedra: si el uso de iMessage creciera, o si terceros pidieran a la Comisión que reabra el expediente, Apple podría verse abocada, tarde o temprano, al mismo régimen de interoperabilidad que ya aplica a WhatsApp y Messenger.

Costas para Apple y una dura respuesta

El fallo condena a Apple a cargar con las costas del procedimiento, tanto de la Comisión como de la Coalition for App Fairness, la asociación de desarrolladores que se personó en el caso en apoyo de Bruselas.

Contra esta sentencia cabe recurso de casación ante el Tribunal de Justicia de la UE, limitado a cuestiones de derecho, en un plazo de dos meses y diez días desde la notificación.

La reacción de la compañía no se ha hecho esperar, y ha llegado con el tono beligerante que Apple viene manteniendo desde hace meses en su pulso con Bruselas.

Un portavoz de la empresa ha afirmado que el mandato de la DMA "va más allá de lo legal", y ha advertido de que la norma "amenaza con erosionar décadas de protecciones de privacidad y seguridad" que la compañía dice haber desarrollado, dejando a sus usuarios "vulnerables ante nuevos riesgos".

Apple ha asegurado que seguirá defendiendo la innovación y la privacidad que, según ha dicho, "merecen" sus usuarios.

No es la primera vez que Apple libra esta batalla en varios frentes a la vez. La Comisión ya obligó a la compañía en 2024 a abrir iOS a la competencia y, un año después, le impuso una multa de 500 millones de euros por prácticas monopolísticas en la App Store.

La disputa tiene, además, un capítulo reciente fuera de los tribunales: Apple decidió no lanzar en la Unión Europea su nueva inteligencia artificial, Siri AI, una decisión que la compañía enmarca en el mismo conflicto regulatorio y que sus críticos interpretan como una forma de presión hacia Bruselas.

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