El Servicio Municipalizado de Deportes rectifica un fallo tipográfico en el artículo 32 para evitar malentendidos con las normas de acceso a las instalaciones
23/07/2026 Actualizado a las 18:52h.
El Consejo del Servicio Municipalizado de Deportes del Ayuntamiento de Burgos corregirá el error tipográfico advertido en el Reglamento de Funcionamiento de las Piscinas Municipales para evitar malentendidos. La matización afectará al artículo 32 de dicho documento, en el que se hace alusión a los accesorios que requieren de autorización expresa para su uso en las instalaciones.
En este artículo, se menciona la palabra bañador entre los accesorios que requieren de un permiso expreso, por lo que ésta se suprimirá al estar ya incluido su uso como obligatorio para el uso de las piscinas públicas.
Hay que decir que, según determina el propio reglamento, precisan de autorizaciones especiales accesorios como camisetas o neoprenos, ya que por norma general están prohibidos para garantizar la seguridad e higiene en las instalaciones de Burgos.
Por otra parte, y en lo que al uso de ropa interior debajo del traje de baño se refiere, el Servicio Municipalizado de Deportes recuerda que éste está prohibido en el mismo reglamento y advertido en la cartelería existente en las piscinas.