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Las 5 claves del proyecto con el que el Gobierno busca modificar el régimen de Inocencia Fiscal

Дата публикации: 10-06-2026 13:59:31



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El Gobierno nacional enviará al Congreso modificaciones al régimen de Inocencia Fiscal, un mecanismo que busca “blindar” legalmente a las personas que incorporen sus “dólares debajo del colchón” en el circuito formal.

Las modificaciones, impulsadas luego de un encuentro entre el ministro de Economía, Luis Caputo, y especialistas tributarios, apuntan a fortalecer el régimen con el que el Gobierno busca “remonetizar” la economía con los dólares que se encuentran fuera del sistema. 

¿Qué es el régimen simplificado de Ganancias al que adhirieron Manuel Adorni y su esposa en plena investigación por su patrimonio?

Hasta el 19 de mayo, sólo 94.500 contribuyentes adhirieron, según datos de la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) obtenidos a través de un pedido de acceso a la información pública realizado por Chequeado.

El jefe de Gabinete, Manuel Adorni y su esposa, Bettina Angeletti, son 2 de los contribuyentes que adhirieron al régimen simplificado del Impuesto a las Ganancias en plena investigación sobre su patrimonio, según publicó el diario La Nación.

¿Cuáles son los cambios más importantes que introduce el proyecto oficial?

1. Se amplía el universo de adherentes

El régimen simplificado del Impuesto a las Ganancias apunta a que las personas puedan realizar gastos con dinero no declarado sin tener que dar explicaciones al fisco. 

El esquema sólo exige a los contribuyentes que declaren sus ingresos y los gastos deducibles de Ganancias (como el pago de la escuela privada), pero elimina la obligación de informar sus consumos personales, con lo que una persona podría comprar un automóvil con dinero no declarado (los dólares o pesos “bajo el colchón”) sin que se investigue el origen de esos fondos. 

Con la nueva iniciativa se eliminan los topes de ingreso y patrimonio exigidos para adherirse al sistema, hoy establecidos en $ 1.000 millones y $ 10.000 millones, respectivamente. 

De este modo, casi cualquier persona podrá sumarse al régimen. Sólo quedan excluidos los grandes contribuyentes nacionales (empresas y personas que ARCA clasifica como de mayor riesgo fiscal), quienes podrán adherirse al sistema simplificado de Ganancias, pero no tendrán acceso a los beneficios fiscales. 

2. Más contemplaciones ante patrimonio no declarado

El proyecto modifica el sistema de “discrepancia significativa”: el porcentaje de tolerancia para las diferencias entre lo que el contribuyente declaró y lo que ARCA considera que debería haber declarado. 

Actualmente, si el valor de los bienes de una persona que ARCA tiene identificados en su sistema supera en más del 15% lo que declaró en el régimen simplificado, el organismo puede iniciar una fiscalización e imponer multas. 

El proyecto oficial mantiene ese porcentaje, pero agrega un filtro más: la diferencia debe ser superior a $ 5 millones. De este modo, si la discrepancia es del 20% pero, en dinero, la diferencia es de $ 4 millones, no habrá sanciones. 

Además, el proyecto incorpora un mecanismo de corrección: si ARCA halló discrepancias y notificó al contribuyente, este podrá rectificar su declaración y cancelar las diferencias dentro de los 15 días hábiles posteriores, sin recibir sanciones ni perder los beneficios del régimen.

Marcelo Rodríguez, tributarista y CEO de MR Consultores, señaló a Chequeado que “en la medida en que se dé la discrepancia significativa, el contribuyente tiene 15 días para ajustar su declaración y no perder los beneficios del régimen. Esto es muy importante, dado que ese plazo permite rectificar la información y pagar”. 

3. Menos herramientas para investigar inconsistencias

La iniciativa oficial incorpora un artículo que limita el accionar de ARCA, al disponer que solo podrá usar la información declarada por el contribuyente y la que ya tiene en sus sistemas o recibió de terceros: cualquier otra fuente de información no tiene valor probatorio.

Además, le restringe al fisco el uso de determinadas presunciones para cuestionar las declaraciones simplificadas. 

La ley original ya había excluido el control de los depósitos bancarios como prueba (antes, si superaban lo declarado como ingresos se podía impugnar la declaración). El proyecto elimina el uso de otros indicios (como el control de inventarios en empresas) y limita los vigentes: ya no servirán por sí solos para sancionar a una persona, sino que ARCA deberá corroborarlos con información concreta de sus propios sistemas. 

“La carga de la prueba recae en ARCA, que va a poder usar sólo información de sus sistemas o suministrada por terceros. Por lo que de ninguna manera el contribuyente va a tener que defenderse de la acusación del fisco, sino que el fisco va a tener que batallar para cuestionarlo”, analizó Rodríguez. 

4. Bancarización con excepciones temporales para inmuebles

La iniciativa incorpora como ley que los adherentes al régimen deberán bancarizar todas sus operaciones. Es decir, no podrán realizarse en efectivo sino a través de transferencias, tarjetas y billeteras virtuales reguladas.

Sin embargo, se mantiene hasta fines de 2027 una excepción para el pago en efectivo en escrituras de inmuebles.

Esta medida responde a dudas puntuales de los tributaristas en relación a las operaciones cotidianas que se realizan en el mercado inmobiliario, y que en muchas ocasiones involucran dinero en efectivo. 

5. Condonación de multas y reversión de sanciones

El proyecto también impulsa la condonación de las multas que tuviera abiertas el contribuyente que adhiere al régimen simplificado. Para hacer efectivo este beneficio, la persona deberá renunciar a reclamar la devolución de lo ya abonado. 

Por ejemplo, una persona recibió un ajuste de $ 2 millones por parte de ARCA por inconsistencias en su declaración jurada, y además debe enfrentar multas por montos superiores. Si adhiere al régimen y renuncia a reclamar lo ya pagado, se le condonan las deudas. 

Sin embargo, en los casos en los que ARCA imponga sanciones pero (tras una apelación) la Justicia le da la razón al contribuyente, el organismo deberán devolver lo cobrado, con intereses, en un plazo máximo de 45 días. 

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Классификация: Экономика. Схожих патентов: 0. Схожих новостей: 10. Тональность: 0. Информативность: 5. Источник: chequeado.com.