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Ley 1/2026, de 8 de abril, integral de impulso de la economía social

Дата публикации: 15-04-2026 14:31:23

El BOE de 9 de abril de 2026 ha publicado la Ley 1/2026, de 8 de abril, integral de impulso de economía social, que tiene como objetivo principal actualizar y […]
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El BOE de 9 de abril de 2026 ha publicado la Ley 1/2026, de 8 de abril, integral de impulso de economía social, que tiene como objetivo principal actualizar y modernizar el marco normativo de la economía social en España para adaptarlo a las nuevas realidades económicas y sociales tras la crisis sanitaria. En lo que respecta a las empresas de inserción y a las entidades de economía social, las novedades más importantes son:

  1. Modificaciones en la Ley 44/2007, de 13 de diciembre, para la regulación del régimen de las empresas de inserción.

La reforma profundiza en el modelo inclusivo de estas empresas, ajustando su funcionamiento interno y su régimen laboral:

  • Redefinición de vulnerabilidad y exclusión: Se desvinculan estos conceptos de la condición intrínseca de la persona para evitar su estigmatización. Ahora se definen como la exposición a factores externos (económicos, sociales, ambientales o personales) que sitúan al individuo en una posición de desventaja social.
  • Ampliación del ámbito subjetivo: se incluyen nuevas personas expuestas a factores de vulnerabilidad, además de las personas en situación de exclusión social acreditada, abriendo el abanico a personas desempleadas con dificultades de inserción.
  • Nuevo régimen contractual: Se regula el «contrato para la transición al empleo ordinario», con una duración de entre seis meses y tres años.
  • Exigencias de gestión y reinversión: Las empresas de inserción deben mantener una ratio mínima de personas en inserción (30% los tres primeros años y 50% a partir del cuarto). Asimismo, están obligadas estatutariamente a reinvertir el 100% de sus excedentes en la mejora de sus estructuras productivas o de inserción.
  • Requisitos para entidades promotoras: Aquellas que promuevan empresas de inserción deberán acreditar una experiencia mínima de dos años en la intervención con colectivos en situación de vulnerabilidad o exclusión.
  1. Modificaciones en la Ley 5/2011, de 29 de marzo, de Economía Social

La actualización clarifica la composición del sector y redefine las políticas de fomento público:

  • Integración de nuevas entidades: Se incorporan formalmente como tal los centros especiales de empleo de iniciativa social y las entidades de comercio justo que cumplan los principios rectores del sector.
  • La figura de la «Empresa Social»: Se definen como entidades que, además de los principios de la economía social, persiguen un interés colectivo o social y destinan al menos el 95% de sus resultados a dichos fines o a la mejora de su estructura productiva.
  • Reserva de contratos públicos: Se refuerza la obligación de los órganos de contratación de establecer porcentajes de reserva para empresas de inserción y centros especiales de empleo de iniciativa social. En el ámbito estatal, ante la ausencia de un acuerdo específico, se aplicará una reserva mínima del 15%.

Información elaborada por el Departamento de Asesoramiento de AFA – Asociaciones y Fundaciones Andaluzas. Se prohíbe la reproducción y uso del mismo. Si tiene cualquier duda, puede ponerse en contacto con nosotros en el teléfono 954 09 19 88.

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